Como tramitar una licencia de actividades inocua en Vilafranca del Penedès

Para tramitar una actividad inoncua en Viafranca del Penedès, es necesario inicialment clasificar correctament la misma para conocer si es tiene que tramitar por este procedimiento o bien como una comuniacion previa.

Segun el ayuntamiento de Vilafranca del Penedès

Se consideran

INOCUA I- DECLARACIÓN RESPONSABLE
1. Centros de uso docente o similar (academias, autoescuelas …) con una superficie inferior a 500 m2
2. Actividades comerciales con una superficie inferior a 120 m2. (1)
3. Locales o establecimientos de uso administrativo o profesional (oficinas, inmobiliarias …) con superficie inferior a 500 m2.
4. Actividades de prestación de servicios (peluquerías, salones de estética, tatuajes ….), con una superficie menor a 120 m2 .
5. Centros médicos, prestación de servicios, con una superficie menor a 120 m2 y que no dispongan de aparatos de rayos X.
6. Talleres artesanales, (costura, textiles, pinturas, joyeros ….) (1)
7. Actividades de prestación de servicios o profesionales, que se lleve a cabo en una vivienda.
8. Actividades de mantenimiento físico, con una superficie inferior a 120 m2
(1)
9. Bibliotecas, archivos y museos hasta 120 m2 .
10. Almacenes hasta 120 m2.

11. Otras actividades de servicios personales no clasificables hasta 120m2.
INOCUA II- RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN
1. Almacenes de 120 m2 . (2)
2. Centros de uso docente o similar (escuelas de música no oficiales, de idiomas, centros de niños) no reglados para menores. Salvo los casos marcados en el anexo I de la Ley 3/10, (establecimientos de uso docente con una altura de evacuación de más de
15 metros o superficie superior a los 2000 m2  construidos y en los casos de la guarderías, superficie superior a 300 m2)
3. Centros de uso docente o similar, no reglada, donde los alumnos no son menores (academias, autoescuelas ….) con una superficie superior a 500 m2.
4. Actividades comerciales con una superficie total entre 120 m2
y 750 m2 . (1)
5. Locales o establecimientos de uso administrativo o profesional (oficinas, despachos …) con una superficie superior a 150 m2.
6. Actividades de prestación de servicios con una superficie superior a 120 m2 (Peluquerías, estéticas, …)
7. Centros médicos, prestación de servicios, con una superficie entre 150m2
y 750m2 y / o que dispongan de aparatos de rayos X.
8. Venta de pan con cocción con hornos de potencia inferior a 7.5 kW.
9. Centro de formación con cocina.
10. Actividades de mantenimiento físico, con una superficie superior de 120 m2
hasta 500 m2. (Más de 500 m2 es necesario el informe previo de incendios) (2)
11. Bibliotecas, archivos y museos de 120 m2
a 500 m2
. (Más de 500 m2
, Es necesario el informe previo de incendios.) (2)
12. tintorería
13. Aparcamientos. (A partir de 100 m2
)
14. Otras actividades de servicios personales no clasificables a partir de 120 m2
750 m2.

(1) Estos establecimientos deberán presentar / disponer del certificado acústico, según la Ordenanza municipal de Ruido y Vibraciones en los casos siguientes:
a) Actividades comerciales de alimentación en caso de que trabajen en el horario que les permite la normativa. En el caso de que el horario sea estrictamente comercial (de 7h. a 22h. deberá especificar claramente en la documentación que se presente.
b) Talleres artesanales, que puedan tener una incidencia acústica.
c) Actividades comerciales y mantenimiento físico o similar, en el caso de que utilicen aparatos de música.
(2) Estas actividades, en su caso, están sometidas a la Ley 3/10, de 18 de febrero, de Prevención y Seguridad en
materia de incendios en establecimientos, actividades e infraestructuras, por lo tanto es necesario pedir el Informe previo en
materia de incendios y después el acta de comprobación. Una vez hecho esto, hay que hacer el trámite de Comunicación Previa.

+ info: Ajutnament de Vilafranca del Penedès

 

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